Foto: José Garrido Lapeña

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Museo Museo de Zaragoza
Inventario 50136
Departamento Sección Antigüedad
Clasificación Genérica Epígrafes e inscripciones
Objeto/Documento Tábula
Materia/Soporte Bronce
Técnica Fundido
Dimensiones Longitud = 43,80 cm; Anchura = 20,80 cm; Grosor = 2 mm
Descripción Tabula Contrebiensis (Bronce de Botorrita 2)
Tabla de bronce con texto latino (20 líneas por cara). Conserva seis perforaciones en la periferia para su sujeción a la pared. Se encuentra deformada por la acción del fuego. El texto hace alusión a la venta de un terreno comprado por los salluienses a los sosinestanos (sin localizar) para construir un acueducto. Intervienen el procónsul C. Valerio Flacco e indígenas jueces de Contrebia Belaisca y representantes de Alaun y Salduie.
El trazado de este acueducto se ha identificado con la actual acequia de La Almozara que toma las aguas del río Jalón, cerca de Alagón, y desemboca en el Ebro en Zaragoza, a la altura de la plaza de Europa. Riega las tierras de la margen derecha, atravesando el municipio de Utebo.
Contrebia Belaisca se identifica con el despoblado que existe en el Cabezo de las Minas (Botorrita), donde se encontró el bronce, Alaun es el municipio de Alagón y Salduie es la actual Zaragoza capital.
Inscripciones/Leyendas (15/05/0087[ac])
1 SENATVS.CONTREBIENSIS.QVEI.TVM.ADERVNT.IVDICES. SVNTO.SEI.PAR[RET.A]GRVM.QVEM.SALLVIENSES 2 AB.SOSINESTANEIS.EMERVNT.RIVI.FACIENDI.AQVAIVE.DVCENDAE.CAVSA.QVA.DE.RE.AGITVR.SOSINESTANOS 3 VRE.SVO.SALLVIENSIBVS.VENDIDISSE.INVITEIS. ALLAVONENSIBVS.TVM.SEI.ITA.PARRET.EEI.IVDICES. IVDICENT 4 EVM.AGRVM.QVA.DE.RE.AGITVR.SOSINESTANOS. SALLVIENSIBVS.IVRE.SVO[.]VENDIDISSE.SEI.NON. PA[RRE]T.IVDICENT 5 IVRE.SVO.NON.VENDIDISSE 6 EIDEM.QVEI.SVPRA.SCRIPTEI.SVNT.IVDICES.SVNTO.SEI. SOSINESTANA.CEIVITAS.ESSET.TVM.Q[V]A.SALLVIENSES 7 NOVISSVME.PVBLICE.DEPALARVNT.QVA.DE.RE. AGITVR.SEI.[I]NTRA.EOS.PALOS.SALLVIENSIS.RIVOM. PER.AGRVM 8 PVBLICVM.SOSINESTANORVM.IVRE.SVO.FACERE. LICERET.AVT.SEI.PER.AGRVM.PREIVATVM. SOSINESTANORVM 9 QVA.RIVOM.FIERI.OPORTERET.RIVOM.IVRE. SALLVIENSIBVS. FACERE.LICERET.DVM.QVANTI.IS.AGER. AESTVMATV[S] 10 ESSET.QVA.RIVOS.DVCERETVR.SALLVIENSES. PEQVNIAM.SOLVERENT.TVM.SEI.ITA[.P]ARRET.EEI.IVDICES.IVDICENT 11 SALLVIENSIBVS.RIVOM.IVRE.SVO.FACERE.LICER[E]. SEI.NON.PARRET.IVDICENT.IVRE.SVO.FACERE.NON.LICERE 12 SEI.IVDICARENT.SALLVIENSIBVS.RIVOM.FACERE. LICERE.TVM.QVOS.MAGISTRATVS.CONTREBIENSIS. QVINQVE 13 EXSENATV.SVO.DEDERIT.EORVM.ARBITRATV.PRO. AGRO.PREIVATO(.)Q[V]A.RIVOS.DVCETVR.SALLVIENSES 14 PVBLICE.PEQVNIAM.SOLVONTO.IVDICIVM.ADDEIXIT. C.VALERIVS.C.F.FLACCVS.IMPERATOR 15 SENTENTIAM.DEIXERVNT.QVOD.IVDICIVM.NOSTRVM.EST.QVA.DE.RE.AGITVR.SECVNDVM.SALLVIENSES.IVDICAMVS.QVOM.EA.RES 16 IVD[IC]ATAS[.MA]GISTRATVS.CONTREBIENSES. HEISCE.FVERVNT.LVBBVS.VRDINOCVM.LETONDONIS. PRAETOR.LESSO.SIRISCVM 17 LVBBI.F.M[A]GISTRATVS.BABBVS.BOLGONDISCVM. ABLONIS.F.MAGISTRATVS.SEGILVS.ANNICVM.LVBBI.F.MAGISTRATVS 18 [..]ATVS.[...]VLOVICVM[.]VXENTI.F.MAGISTRATVS.ABLO. TINDILICVM.LVBBI.MAGISTRATVS.CAVSSAM. SALLVIE[NSIV]M 19 DEFE[N]DIT.[...]ASSIVS.[.]EIHAR.F.SALLVIENSIS. CAVSSAM.ALLAVONENSIVM.DEFENDIT.TVRIBAS.TEITABAS.F 20 [ALLAVO]N[ENSI]S.ACTVM.CONTREBIAE.BALAISCAE. EIDIBVS.MAIEIS.L.CORNELIO.CN.OCTAVIO.CONSVLIBVS (Primera fórmula. (líneas 1-5). Sean jueces quienes del senado contrebiense se hallaren presentes. Si procede que el terreno que los salluienses compraron a los sosinestanos para construir una canalización o hacer una traida de aguas - de cuyo asunto se litiga-, lo vendieron los sosinestanos con pleno derecho a los salluienses, (aun) contra la voluntad de los allavonenses. En tal caso, si así procede, sentencien estos jueces que el terreno - de cuyo asunto se litiga-, lo vendieron los sosinestanos a los salluienses con pleno derecho: si no procede, sentencien que no lo vendieron con pleno derecho. Segunda fórmula (líneas 6-11). Sean jueces los mismos suprascritos. Si la ciudad-estado sosinestana estuviera en su derecho, entonces, por donde los salluienses recientemente y de manera oficial estacaron - de cuyo asunto se litiga-, si dentro de estas estacas era lícito que los salluienses hicieran legalmente la acequia por el campo público de los sosinestanos o si era lícito a los salluienses hacer legalmente la acequia por el campo privado de los sosinestanos, por donde conviene hacer la acequia, mientras los salluienses pagaran el importe en que fuera tasado el campo por donde pasara la acequia. Entonces si así procede estos jueces juzguen que a los salluienses les es lícito hacer legalmente la acequia; si no procede juzguen que no les es lícito hacerla legalmente. Tercera fórmula (12-14). Si juzgaran que a los salluienses les era lícito hacer la acequia, entonces, de acuerdo con el arbitraje de los cinco magistrados contrebienses a los que se nombre de entre su senado, paguen los salluienses de manera oficial por el campo privado por donde la acequia pase. Sanción gubernamental romana. (línea 14). Sancionó aprobatoriamente este procedimiento judicial Cayo Valerio Flacco, hijo de Cayo, general en jefe (=proconsul de la Provincia Hispania Citerior). Fallo (líneas 15-16). Dictaron (los jueces) sentencia,""dado nuestro juicio en el asunto del que se litiga fallamos a favor de los salluienses"". Intervinientes (líneas 16-20). Cuando este asunto fue juzgado éstos eran los magistrados contrebienses: Lubbo de los urdinos, hijo de Letondo, pretor (de Contrebia). Leso, de los siriscos, hijo de Lubbo, magistrado. Babblo, de los bolgondiscos, hijo de Ablón, magistrado. Segilo, de los annios, hijo de Lubbo, magistrado. (---)ato, de los (---)ulovios, hijo de Uxentio, magistrado. Ablón, hijo de los tindilios, hijo de Lubbo, magistrado. La causa de los salluienses la defendió ---assio, hijo de (---)eihar, salluiense. La causa de los allavonenses la defendió Turibas, hijo de Teitabas, allavonense. Data (línea 20). Actuado en Contrebia Balaisca, en los idus de mayo, siendo cónsules Lucio Cornelio (Cinna) y Gneo Octavio. (El 15 de mayo del año 87 a. de C.).) [INTERPUNCIONES: puntos circulares
LETRAS POR LÍNEA: 91 máx.
LIGADURAS: l. 10: NT en IVDICENT; l. 18: NT en VXENTI
MEDIDAS DE LAS LETRAS: 6
ORTOGRAFÍA: usos latinos arcaizantes : AI por AE (aquai); EI por I : addeixit, ceivitas, deixerunt, eei, eidem, eidibus, heisce, inviteis, maieis, preivatvs, qvei, scriptei, sei, Sosinestaneis; O por U: rivom, rivos; Q por U : pequniam; QU por C: quom; RR por R : parret; SS por S: caussam - y causa-; VO por VV : solvonto.]
Datación 87[ac] (87 a.C.)
Contexto Cultural/Estilo Época romana
Lugar de Producción/Ceca Botorrita (Zaragoza (comarca), Zaragoza (p)) [Contrebia Belaisca]
Uso/función Lex. Documento público
Lugar de Procedencia Cabezo de las Minas, Botorrita(Zaragoza (comarca), Zaragoza (p))
[CONTREBIA BELAISCA]
Lugar Específico/Yacimiento Cabezo de las Minas
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