Descripción |
El uso del bronce en el mundo romano era algo habitual tanto en la vida cotidiana como en la oficial. Parte importante de esta producción es la denominada epigrafía jurídica que, si bien, en ocasiones se plasmaba sobre piedra o madera, generalmente se grababa sobre tablas de bronce, de ahí que se utilice el término bronces jurídicos. Para los romanos era normal ver grabadas en este material las leyes, acuerdos, normas de regulación de una comunidad o los decretos.
Este metal posee un evidente carácter simbólico de fuerza, nobleza y perdurabilidad que las autoridades romanas supieron aprovechar como nos indica el hecho de que se utilizara también en las inscripciones que se colocaban en los dinteles de los templos y de grandes construcciones o en los pedestales de las estatuas.
Los bronces jurídicos se colocaban habitualmente en los muros de los edificios y de ello dan fe los orificios existentes en sus ángulos y, en ocasiones, en su parte central. Incluso hay ejemplos donde en el mismo texto legal de la tabla se ordena a los magistrados que se ocupen de que se ubiquen en el lugar más concurrido.
El ejemplar que nos ocupa se trata de un texto dividido en cinco columnas donde se han grabado 19 capítulos (del 51 al 69) de la lex data al Municipium Flavium Malacitanum (Málaga). Los capítulos 51 al 60 se refieren a los trámites, requisitos y obligaciones necesarios para el desarrollo de las elecciones. El 61, al nombramiento del patrono del municipio. En los restantes, se centran en una serie de temas variados pero de interés común como son la prohibición de derribar edificios o la administración de fondos públicos.
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